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Servicio educativo a nivel nacional en colegios

Se suspende la prestación de servicios educativos presenciales en las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica.

Por Estudio Muñiz

El 4 de mayo ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 184-2020-MINEDU mediante la cual se suspende la prestación de servicios educativos presenciales en las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica, en el marco de las acciones para prevenir la propagación del COVID-19.

Finalidad de la norma:

Formular nuevos lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos, en el marco de las acciones para prevenir la propagación del COVID-19.

¿A quiénes afecta?

A las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica.

¿De qué manera los afecta?

Suspendiendo la prestación presencial del servicio educativo a nivel nacional mientras esté vigente el estado de emergencia nacional y la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19, y hasta que se disponga el reinicio la prestación presencial  con base en las disposiciones y recomendaciones de las instancias correspondientes según el estado de avance de la emergencia sanitaria.

Entrada en vigor:

Desde el 5 de mayo de 2020.

Puede visualizar aquí la presente norma.

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