Derechos de Autor
Aprueban el anteproyecto de Ley de Protección de Conocimientos Tradicionales
Con esta nueva normativa legislativa se regularán los conocimientos tradicionales que ya se encuentran en el dominio público y no son susceptibles de registro.
La Dirección Nacional de Propiedad Intelectual de Paraguay (Dinapi) continúa trabajando en el anteproyecto de Ley de la Política Nacional de Protección de los Conocimientos Tradicionales que busca la protección de los conocimientos tradicionales, recursos genéticos y expresiones culturales tradicionales de Paraguay. El documento fue aprobado por la Dinapi y se dará ahora inicio al proceso de Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado (CCLPI) y las audiencias públicas, a llevarse a cabo en los pueblos indígenas y comunidades locales de todo el país.
Si bien Paraguay cuenta con algunas publicaciones que hacen notar la existencia de conocimientos tradicionales desarrollados en torno a especies nativas o expresiones culturales tradicionales, la legislación especial de propiedad intelectual no prevé la posibilidad de su protección directa a través del registro, por lo que sus legítimos poseedores no cuentan con herramientas legales para protegerlos ante apropiaciones indebidas.
“A nivel internacional no se ha adoptado de manera consensuada una única definición. No obstante, los conocimientos tradicionales son aquellos desarrollados por Pueblos Indígenas o por comunidades locales en un contexto tradicional y como respuesta del proceso de adaptación a su entorno. Estos incluyen técnicas, métodos y prácticas experimentados a lo largo del tiempo, trasmitidos y perfeccionados de generación en generación”, explicó la abogada Cristina Acosta, asesora externa de Dinapi.
Con esta nueva normativa legislativa se regularán los conocimientos tradicionales que ya se encuentran en el dominio público y no son susceptibles de registro, además de aquellos compartidos en frontera. Se establecerán las sanciones por conductas violatorias de los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos y se dispondrá el mecanismo que garantice la distribución equitativa de los beneficios obtenidos por su explotación.