España facilita el registro y la gestión de marcas
El Consejo de Ministros aprobó el 21 de diciembre un decreto-ley que modifica parcialmente la Ley de Marcas.
El Consejo de Ministros de España aprobó el 21 de diciembre un decreto-ley que modifica parcialmente la Ley de Marcas (17/2001), a fin de facilitar el registro y la gestión de marcas.
Una de las principales novedades de la norma es la supresión del requisito que obligaba a que el signo distintivo tuviera que representarse gráficamente. Para adaptarse a las nuevas tecnologías, a partir de ahora la marca podrá representarse por cualquier medio (sonoro, vídeo, holograma, etc.), siempre que el objeto de la protección que se otorgue al titular se pueda determinar con claridad. La representación debe ser, por tanto, clara, precisa, autosuficiente, fácilmente accesible, inteligible, duradera y objetiva.
Asimismo, facilita el registro de marcas o nombres comerciales a cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, residencia o de que goce de los beneficios de determinados convenios internacionales.
La nueva legislación supone un avance en la lucha contra las falsificaciones. Así, el titular de una marca registrada podrá ejercitar los derechos que le confiere la misma contra mercancías procedentes de terceros países que, aun no habiendo sido comercializadas, lleven un signo idéntico o virtualmente idéntico a dicha marca registrada. Por último, refuerza la posición del titular de la marca y armoniza las condiciones para adquirir y ejercitar el derecho de marca con todos los Estados miembros de la Unión Europea”, afirmó el Ministerio de Industria en un comunicado.
El 27 de noviembre, el Congreso de Diputados de España aprobó por unanimidad el proyecto de ley por el que se modifica la Ley de Propiedad Intelectual.




