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Mejora continua
Autor: Jacqueline Moreau Aymard
El7 de mayo fue publicada la nueva LeyOrgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT),con cambios en materia deinvenciones, innovaciones y mejoras.
El pasado 7 de mayo fue publicada enVenezuela la nueva LeyOrgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), entre cuyos aspectos más novedosos nos encontramos lo relacionado a la Propiedad Intelectual, específicamente en materia de invenciones, innovaciones y mejoras, en donde se observan grandes cambios.
La nueva LOTTT define las invenciones, innovaciones y mejoras como "el proceso social de trabajo constituye la fuente fundamental del conocimiento científico, humanístico y tecnológico, requerido para la producción de bienes y la prestación de servicio a la sociedad. Las invenciones, innovaciones y mejoras son producto del proceso social de trabajo, para satisfacer las necesidades del pueblo, mediante la justa distribución de la riqueza”.
Con esta definición se cambia completamente el concepto de innovación, entendiéndose por ésta una solución novedosa, innovadoray de aplicación industrial, por lo que podemos observar que ahora la ley trae una transformación de la Propiedad Intelectual en lo social.
En el artículo 322 se realiza una clasificación de los tipos de creaciones intelectuales, encontrándose dos modalidades de invenciones, innovacionesy mejoras: "De servicio" o"Libres u ocasionales”, eliminando de la clasificación establecida en la ley anterior a las invenciones, innovaciones y mejoras de “empresas”, aquellas en cuya obtención fueren determinantes las instalaciones, procedimientos o métodos de la empresa en la cual se producen.
Por su parte el artículo 325 establece que todas aquellas innovaciones que se generen en el sector público o financiadas a través de fondos públicos que origine derechos de propiedad intelectual, se considerarán del dominio público, manteniendo los derechos al reconocimiento público del autor o la autora.
Lo anterior significa que ahora Venezuela no recibirá algún pago por concepto de regalía y/o remuneración alguna por su producción intelectual, ya que la misma pasará al dominio público; por lo que se entiende que cualquier persona o entidad podrá hacer uso libremente de las mismas. La nueva LOTTT no define el concepto de dominio público.
Uno de los artículos más controvertidos ha sido el artículo 326, en lo referente a la propiedad de las invenciones, innovaciones ymejoras creadas en el sector privado. Se establecía anteriormente que la propiedad de las mismas corresponderá al patrono, reconociéndose al inventor una participación en su disfrute cuando la retribución del trabajo prestado sea desproporcionada con la magnitud del trabajo.
En la nueva ley los inventores mantienen sus derechos en forma ilimitada y por toda su duración, y el patrono o patrona estarán autorizados a explotar la obra solo mientras dure la relación de trabajo o el contrato de licencia otorgado por el trabajador a su persona.
En este sentido cambia el concepto en que las invenciones creadas bajo relación laboral se entienden que han sido cedidas al empleador, sin que fuere menester pacto expreso en tal sentido, observándose el gran cambio: donde anteriormente la titularidad estaba en cabeza del patrono, ahora no. Esto ratifica la eliminación de la clasificación de las invenciones, innovaciones y mejoras de “empresas”.