Negativa para Zara
El Tribunal General de la Unión Europea rechazó mantener protegida la marca Zara para denominar servicios de transporte.
En 1996 la española de la moda Inditex solicitó ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) el registro de Zara como marca comunitaria para denominar productos y servicios en diversas clases.
En 2006, dos empresarios (Roger y Zainab Ansell) solicitaron a la OAMI que, por falta de uso, declarara caduca la marca Zara para los servicios relacionados con el transporte, la distribución de productos,el embalaje y el almacenaje de mercancías.
En fallos consecutivos, en 2013 y 2014 la OAMI dio paso a la solicitud tras considerar que Inditex "no había presentado pruebas suficientes para demostrar el uso efectivo de la marca comunitaria Zara en esos servicios",
La gigante española llevó el caso ante el Tribunal General de la Unión Europea, quien mantuvo el fallo de la OAMI argumentando que Zara no se ha utilizado para estos servicios, "lo que es un requisito necesario para evitar su caducidad".
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