Marcas
Santande,Oberbank y DSGV
En un caso que involucra al Banco Santander, la Unión Europea afirmó que es posible registrar una marca consistente de un color si la misma adquirió carácter distintivo por el uso.
El banco de ahorro alemán Deutscher Sparkassen-und Giroverband eV (DSGV) ha usado un tipo de color rojo en logos y promociones desde 1960, pero lo registró como marca para denominar servicios bancarios en 2007.
Cuando el Banco Santander y el banco austríaco Oberbank comenzaron a operar en Alemania en 2012, el DSGV los demandó por infracción de marca registrada al considerar que el color rojo que ambas instituciones utilizan era demasiado similar al suyo.
La Oficina de Patentes y Marcas de Alemania (DPMA) falló en diferentes casos a favor de DSGV y tanto el Santander como el Oberbank solicitaron la nulidad de la marca en cuestión por estar desprovista de carácter distintivo intrínseco.
Ambos casos pasaron al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), quien dio directrices al órgano jurisdiccional alemán que los tramita sobre cómo interpretar el derecho comunitario en la disputa.
El tribunal afirmó que la directiva comunitaria no se opone a que la marca sea declarada nula cuando no tiene carácter distintivo intrínseco y el titular de la misma no demuestre que adquirió, con anterioridad a la solicitud de registro, un carácter distintivo por el uso.