Opinión

El Salvador tendrá nueva ley de propiedad intelectual

La nueva Ley de Propiedad Intelectual de El Salvador fue aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 8 de agosto. En ella se incluyen muchos cambios novedosos y consensuados con los diferentes sectores del país para la mejor protección y respeto de los derechos de propiedad intelectual.

El Salvador tendrá nueva ley de propiedad intelectual

Por Edy Portal, Eproint

Con la aprobación de esta ley se espera generar mayor inversión extranjera, desarrollar la innovación y que exista un mayor crecimiento económico. La ley fue publicada en el Diario Oficial de El Salvador el 15 de agosto del 2024 y estará vigente a partir del 16 de febrero del 2025.

Cabe destacar la creación del nuevo Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual, que será el ente encargado de velar por la eficiencia en la prestación de los servicios, utilizando medios tecnológicos y la administración de todo tipo de trámites de derechos de autor y derechos conexos, marcas de todo tipo —incluyendo las marcas de sabor, relieve y textura, que no se encuentran en la ley vigente—, patentes, nombres comerciales, emblemas, expresiones o señales de publicidad comercial, indicaciones geográficas, denominaciones de origen, secretos industriales, modelos de utilidad y diseños industriales, los cuales tendrán una nueva extensión de vigencia a 15 años con el pago de sus respectivas tasas oficiales.

Se incluye también la protección de circuitos integrados y esquema de trazado (topografía) que antes no existía. Otro cambio es que los nombres comerciales y las señales de publicidad comercial, que antes tenían vigencia indefinida, ahora se van a renovar cada 10 años, igual que las marcas. También se pagará una tasa de presentación que en la actual ley no existe. El Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual contará con su propio boletín para publicaciones de todo tipo de trámites de la materia, por lo que ya no será necesario publicar en el Diario Oficial ni tampoco en un diario de mayor circulación nacional como en la actualidad.

En materia de patentes, lo más importante es que finalmente, como en muchos países, se incluye la rehabilitación de patentes que caducaron por la falta de pago de las respectivas anualidades, las cuales también tendrán un pequeño incremento con la nueva ley. Se incluye la excepción Bolar, de la siguiente manera: «Los derechos conferidos por una patente que se encuentre vigente no podrán hacerse valer contra la utilización por un tercero de la materia objeto de la protección para generar la información necesaria con el fin de apoyar una solicitud de registro sanitario de un producto farmacéutico ante la Dirección Nacional de Medicamentos o en su caso de un producto químico agrícola ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería, solicitud que podrá ser autorizada una vez expire el plazo de protección de una patente; y en su caso el producto sea exportado fuera del territorio nacional, se permitirá dicha exportación únicamente para satisfacer los requisitos de aprobación de comercialización en El Salvador».

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