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ASIPI presente en el Día Mundial de la PI

El 26 de abril se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual. Cada año la OMPI escoge un tema central a desarrollar: en 2013es "Creatividad: la nueva generación".

ASIPI presente en el Día Mundial de la PI

El 26 de abril de cada año celebramos el día mundial de la Propiedad Intelectual, fecha que escogieron los estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) por ser éste el día que entró en vigor en 1970 el acuerdo de creación. Cada año la OMPI escoge un tema central a desarrollar durante el mes de abril mediante la realización de grandes y extensas actividades a nivel mundial; este año el tema central es "Creatividad: la nueva generación".

Apoyados por grandes Asociaciones a nivel mundial la OMPI año a año lucha por la protección de los derechos de Propiedad Intelectual como medio de estimular la innovación y la creatividad.

La Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual (ASIPI) es el primer organismo regional en materia de propiedad intelectual en el continente americano y uno de los organismos pioneros a nivel mundial en el ámbito de lo regional y desde su creación. ASIPI tiene presencia y reconocimiento internacional como organismo representativo de la propiedad intelectual en las Américas.

Hoy a través de sus delegados nacionales en Venezuela José Ramón Fermín y Jacqueline Moreau Aymard comparten como se encuentra la situación actual legislativa en esta materia y como ha incidido en el proceso creativo, artístico e industrial de nuestro país.

Actualmente la Propiedad Intelectual en Venezuela se encuentra regulada en la Ley de Propiedad Industrial del año 1955; una ley desfasada en virtud que no regula en forma eficaz la realidad actual marcada por la globalización y no ofrece garantías ni estándares mínimos de protección.

Venezuela por ser parte a nivel internacional de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y en virtud de la ratificación de distintos Tratados Internacionales en la materia, se encuentra en la obligación de adaptar su legislación interna a los estándares mínimos establecidos en tales Acuerdos, esto con el objeto de otorgar una protección más efectiva a los titulares de derechos.

Es por ello que consideramos perentorio la redacción de una nueva Ley moderna y garantista para los titulares de derechos, consumidores y hacedores de políticas publicas tomando como base los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), el Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Industrial (CUP) así como los demás Tratados administrados por la OMPI.

Se ha comprobado que desde el momento en que se les confirió protección por primera vez a las manifestaciones del ser humano, el proceso creativo ha ido creciendo de manera importante y muchos le atribuyen este crecimiento a la consolidación de la Propiedad Intelectual, representada principalmente en los Tratados arriba citados. La premisa bajo la cual se podría explicar el inmenso desarrollo artístico, industrial y comercial de las ultimas décadas se basa en recompensar el esfuerzo creativo e innovador mediante el otorgamiento de un derecho exclusivo que le permita al autor o inventor obtener beneficios económicos de sus obras o inventos y ser reconocidos desde el punto de vista moral.

De allí, que el sistema de Propiedad Intelectual no solo protege las creaciones artísticas o científicas sino que sirve como un mecanismo motivador que invita a crear y a innovar, aunque no todas estas manifestaciones se conviertan en bienes protegidos por esta disciplina.

El proceso creativo se nutre de obras e innovaciones ya existentes estén estas protegidas o no y la propiedad intelectual juega un papel preponderante porque si bien confiere un derecho exclusivo al autor o inventor, también ofrece mecanismos para que la sociedad en general pueda beneficiarse de dichos conocimientos sin que esto signifique una violación a los derechos de sus titulares.

La primera premisa para que la sociedad pueda gozar de este acervo artístico y tecnológico en beneficio propio es que los derechos de propiedad intelectual son limitados, excepto las marcas. Un libro, una canción, el procedimiento para la fabricación de un producto químico o un programa de computación tienen en común que la protección conferida a su titular expira en un tiempo determinado y luego de dicho vencimiento toda la sociedad podría usarla sin ninguna autorización y/o proponer a partir de ese momento una nueva obra o invención.

Asimismo, el propio sistema de propiedad intelectual en materia de innovación ofrece un mecanismo mediante el cual obliga a todo inventor a presentar ante las autoridad competente toda la información de su invento con el objetivo de ponerlo a la disposición de todo el público y la finalidad es que cualquier persona pueda innovar en base a lo ya existente sin violar los derechos previamente conferidos al inventor.

En el área artística, literaria y científica también hay una gran fuente de conocimientos que se pueden utilizar en la creación de una nueva obra ya que primero las ideas no son protegibles y el valor que se juzga para comparar una obra de otra es la originalidad y no la novedad como en materia de invenciones que se exige que la invención no haya existido.

Como puede observarse, el sistema de propiedad intelectual nació como un mecanismo idóneo para proteger la creación producto del intelecto humano pero al mismo tiempo se convirtió en un motor de la creatividad.

Este crecimiento se ha hecho más evidente en los últimos 20 años con el advenimiento de las nuevas tecnologías y la irrupción del Internet en donde los procesos creativos se han hecho mas cortos pero mas complejos debido a las bondades de la tecnología. Hasta hace algunos años era previsible saber la dirección que tomaría la humanidad desde el punto de vista tecnológico pero en los actuales momentos nadie pudiera imaginar que nueva tecnología podría venir incorporada en un “Smart Phone” el día de mañana.

Por todas estas razones, es necesario que nuestro país cuente con un sistema de propiedad intelectual fuerte no solo para los creadores e innovadores sino para el público en general que pueda aprovecharse del acervo cultural, artístico y científico generado a raíz de un proceso creativo. Es imprescindible que nuestras universidades, centros de capacitación y empresas conozcan las bondades que ofrece la Propiedad Intelectual para proteger sus inventos pero sobre todo para beneficiarse de los bancos de información generados a raíz de los procesos creativos.

Desde la ASIPI, se esta trabajando arduamente para dar a conocer los beneficios de la Propiedad Intelectual tanto al sector empresarial, industrial o artístico así como a los estudiantes en los distintos niveles.

José Ramón Fermín (Coordinador legal de Bolet & Terrero)
Jacqueline Moreau Aymard (Socia fundadora de Moreau González Asociados)

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