Aspectos de PI en el acuerdo bilateral Argentina-Estados Unidos
La iniciativa de Argentina representa un paso significativo hacia la armonización de su marco de propiedad intelectual con las mejores prácticas mundiales.
Argentina podría implementar pronto mejoras sustanciales en los criterios de patentabilidad.
El 13 de noviembre de 2025, el presidente de Estados Unidos −Donald Trump− y el presidente de Argentina −Javier Milei− realizaron una declaración conjunta anunciando el inicio de un marco para un acuerdo bilateral. Este está orientado a promover el crecimiento a largo plazo, ampliar oportunidades económicas y fortalecer un entorno transparente, basado en reglas para el comercio y la innovación.
En materia de Propiedad Intelectual y Tecnología, el documento destaca varios compromisos asumidos por Argentina.
En particular, el anuncio destaca que Argentina se ha comprometido a abordar los desafíos estructurales citados en el Informe Especial 301 de 2025 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR’s 2025 Special 301 Report). Entre ellos se incluyen: los criterios de patentabilidad, el atraso en los trámites de patentes y las indicaciones geográficas, así como a trabajar para armonizar su régimen de propiedad intelectual con las normas internacionales.
Estos compromisos sugieren que Argentina podría implementar pronto mejoras sustanciales en los criterios de patentabilidad y acelerar los esfuerzos para modernizar su sistema de PI. También existen expectativas de que Argentina se comprometa a adherir al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), lo que simplificaría las presentaciones internacionales de patentes y brindaría mayor flexibilidad a los solicitantes.
Estos cambios representarían un paso fundamental hacia la armonización del sistema de PI de Argentina con los estándares globales y el fortalecimiento de la protección para los innovadores.
En cuanto al comercio digital, Argentina manifestó su intención de facilitar las transferencias transfronterizas de datos al reconocer a Estados Unidos como jurisdicción adecuada bajo la normativa local, evitando cualquier discriminación hacia servicios o productos digitales estadounidenses. Este paso apunta a simplificar operaciones digitales, reducir cargas administrativas y brindar mayor previsibilidad jurídica a empresas tecnológicas y proveedores de servicios.
Por último, Argentina señaló su voluntad de reconocer como válidas, a los fines de su legislación interna, las firmas electrónicas emitidas bajo la ley estadounidense. Esto podría facilitar transacciones digitales, contratos internacionales y operaciones comerciales bilaterales con mayor eficiencia y menor necesidad de formalidades adicionales.
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