Boca abierta
La Unión Europea afirmó que los dentistas no deben pagar derechos de autor por difundir música en sus consultorios. Los hoteles sí debenhacerlo pues"reviste carácter lucrativo".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirmó que los dentistas no deben pagar derechos de autor pordifundir música en sus consultorios, ya que nola comercializanal público y por tanto los productores no deben ser remunerados.
La sentencia se produjo tras la demanda a un dentistade Turínpor parte de una asociación italiana deproductores fonográficos. La UEconsidera que pasar música en un consultorio no tiene "carácter lucrativo" ni representa una"comunicación al público" porqueel número de oyentes de la música "es escaso, incluso insignificante".
Por otro lado, el Tribunal señaló que los hoteles sí debenpagarpor la música emitida en sus habitaciones pues "reviste carácter lucrativo", ya que forma parte de una prestación de servicios suplementaria que influye en la categoría del hotel y, por tanto, "en el precio de las habitaciones".
Se aplica también a los hoteles que no proporcionan aparatos de televisión o radio pero sí otros equipos y discos en formato físico o digital que puedan oírse en esos equipos.
Además, la sentencia no permite a lospaíses de la UEexonerar al establecimiento hotelero quedifunde músicade la obligación de abonar tal remuneración.




