Brasil: impiden el uso indebido de la marca INPI
Dos empresas estaban enviando comunicaciones electrónicas y facturas a usuarios de servicios de propiedad industrial, utilizando elementos que podrían inducir a pensar que se trataban de correspondencia oficial del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
Las empresas se habilitaban de forma indebida como “terceros interesados” en procesos administrativos para recopilar datos de usuarios.
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) obtuvo una decisión favorable de la Justicia Federal en una acción legal contra las empresas CONPPI – Gestão em Propriedade Industrial Ltda. y Pública Gestão em Negócios Empresariais Ltda. tras comprobarse prácticas irregulares relacionadas con el uso indebido del nombre, las siglas y la identidad institucional del organismo.
Una serie de denuncias presentadas ante la Ombudsman del INPI revelaron que estas empresas estaban enviando comunicaciones electrónicas y facturas a usuarios de servicios de propiedad industrial, utilizando elementos que podrían inducir a pensar que se trataban de correspondencia oficial del INPI. Además, las empresas se habilitaban de forma indebida como “terceros interesados” en procesos administrativos para recopilar datos de usuarios.
La Justicia Federal reconoció la probabilidad del derecho alegado por el INPI, así como el riesgo de daño a la imagen institucional y a los usuarios de sus servicios, y concedió una medida cautelar urgente para impedir la continuación de estas conductas ilícitas.
Medidas establecidas por la decisión
Con la decisión, las empresas ahora están prohibidas de:
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Utilizar el nombre, las siglas, el logotipo o cualquier elemento identificador del INPI.
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Ofrecer servicios que son de competencia exclusiva del Instituto.
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Acceder de forma indebida a procesos administrativos para recopilar datos de usuarios.
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Enviar facturas, boletos o comunicaciones en nombre del INPI.
Si las empresas incumplen esta orden, se enfrentarán a una multa diaria de R$ 10.000,00 (aproximadamente entre USD 1.830 y USD 1.880) por cada acto infractor, además de las responsabilidades civiles y penales que correspondan.
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