Patentes
Colombia actúa conforme al ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina al otorgar licencia obligatoria para tratamiento del VIH/SIDA
La Secretaría General de la Comunidad Andina ratificó la legalidad de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en la concesión de una licencia obligatoria para el medicamento dolutegravir.
El dictamen responde a un reclamo presentado por las empresas ViiV Healthcare Company y SHIONOGI & CO. LTD.
La Secretaría General de la Comunidad Andina confirmó que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia cumplió con el ordenamiento jurídico regional al otorgar la licencia obligatoria para el medicamento dolutegravir, utilizado en el tratamiento del VIH/SIDA.
Este dictamen responde a un reclamo presentado por las empresas ViiV Healthcare Company y SHIONOGI & CO. LTD, quienes cuestionaron la temporalidad de la licencia, alegando un incumplimiento de las normativas establecidas en la Comunidad Andina.
Según la decisión de la Secretaría General, la SIC actuó dentro de su marco legal, especialmente en relación al artículo 65 de la Decisión 486 de 2000, que regula el régimen común de propiedad industrial. Esta normativa permite la concesión de licencias obligatorias por razones de interés público, como lo ocurrido con las resoluciones 20049 de 2024 y 34716 de 2024, que autorizan el uso gubernamental exclusivo del dolutegravir en Colombia.
El reclamo de las empresas se centra en los criterios de temporalidad de la licencia otorgada. Sin embargo, la Secretaría aclaró que estos criterios están basados en la vigencia de las razones de interés público, que en este caso se refieren a la protección del derecho humano a la salud y la vida, garantizando el acceso a un tratamiento esencial para los pacientes con VIH/SIDA en Colombia.
Además, la Secretaría subrayó que la SIC otorgó la licencia de acuerdo con los principios establecidos por el Tribunal Andino de Justicia en la interpretación prejudicial 144-IP de 2019, que define los criterios para la temporalidad de las licencias obligatorias.