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El registro de la marca en movimiento en el deporte a propósito del caso Cole Palmer

Con la marca en movimiento, estamos siendo testigos en tiempo real de uno de los aportes más importantes del Derecho de la Propiedad Intelectual a la industria del deporte, un espacio aprovechable que podemos y debemos extender para trabajar.

El registro de la marca en movimiento en el deporte a propósito del caso Cole Palmer

Cole Palmer, delantero del Chelsea FC.

Por Francisco Lapouble & Kimi Kato, Lapouble Jansen Morales

El mediocampista inglés Cole Palmer lanzó oficialmente, el 26 de enero, en su cuenta de Instagram su nueva marca registrada en la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (IPO). En el video publicado se visualiza el proceso creativo de su equipo, donde intentan diseñar las iniciales “CP” de su nombre y de su famoso apodo “Cold Palmer”, además de plasmar simultáneamente su “celebración temblorosa”. El jugador decidió irse por el camino más seguro jurídicamente, registrando su marca por todas las vías posibles de los elementos distintivos, para así garantizar un mejor manejo de su derecho de imagen.

El derecho de imagen, como es sabido, pero no está demás reiterar, es la facultad que posee cualquier atleta (o persona) de gestionar su figura, además de permitir o no a un tercero utilizarla o reproducirla. Un derecho que puede abarcar desde su apariencia física hasta, incluso, su nombre o su voz. Cole busca la protección de su derecho de imagen mediante la propiedad industrial, específicamente a través del derecho marcario, para permitir así proteger la identidad de sus proyectos comerciales.

Las marcas más conocidas son las tradicionales: denominativas (limitadas a letras, palabras y números), figurativas (que contienen elementos gráficos, como símbolos) y mixtas (combinación de las anteriores). Cole logró registrar sus marcas de forma exitosa en todas ellas. Tanto su nombre “COLE” y “COLE PALMER” como su apodo “COLD PALMER” quedaron registrados como marcas denominativas (UK00004290272, UK00004129017 y UK00004129004); su firma, bajo una marca figurativa (UK00004129092), al igual que su rostro (UK00004129121); su nuevo logo “CP” (UK00004290288) y, por último, su celebración distintiva, bajo una marca de movimiento (UK00004129108).

Las marcas de movimiento no pertenecen a las marcas tradicionales, más bien, son una clasificación de otro tipo de marcas conocidas como no tradicionales o no convencionales y han tenido un gran auge en la industria del deporte. Estas comprenden los siguientes tipos: tridimensionales, sonoras, olfativas, holográficas, multimedia y de movimiento. Todas en su conjunto emergen como una solución innovadora, permitiendo una mayor interacción sensorial con en el consumidor. Protegen una secuencia de imágenes que dan como resultado un movimiento siguiendo los mismos parámetros de las marcas tradicionales, es decir, la marca no puede ser genérica ni descriptiva y debe de poseer cierto grado de distintividad.

Dentro del ámbito deportivo, se consideraría genérico y descriptivo cuando el movimiento es inherente al juego, en otras palabras, si el movimiento forma parte esencial de la actividad, no podrá registrarse, ya que no puede estar exclusivamente asociado a una marca específica. La celebración de Palmer es susceptible de registro, ya que el gesto de cruzar los brazos para celebrar no forma parte del juego, no consiste en ningún movimiento que le otorgue alguna ventaja en la cancha y no es una hazaña que otros jugadores se vean obligados a realizar durante un partido. Además, el movimiento no es simplemente un gesto de cruzar los brazos de cualquier forma, sino que va acompañado de un elemento que le da “carácter”: el gesto tembloroso imitando escalofríos configura entonces la distintividad intrínseca, que se describe como la capacidad inherente del signo de ser identificado entre otros. Igualmente, se cumple la distintividad extrínseca, que consiste en la capacidad del signo de ser reconocido y distinguido por el público, distintividad existente, pues el mismo fue votado como la celebración favorita de los fans el año pasado en la cuenta oficial de la FIFA.

Algunos deportistas han registrado sus celebraciones bajo marcas figurativas, pero no como marcas de movimiento, por lo que atletas como Cole Palmer llevan una ventaja al respecto. Porque ¿cuál es la diferencia? Mientras que las marcas de movimiento protegen la secuencia del movimiento en su totalidad, las marcas figurativas únicamente protegen la silueta del jugador en algún punto del movimiento, como es el caso del registro de la marca figurativa de Kylian Mbappé con los brazos cruzados (EUIPO 017157355) sin embargo, la secuencia de correr y cruzar sus brazos, colocando sus manos debajo de las axilas, queda desprotegida, reflejando la necesidad de su registro bajo una marca de movimiento. Una necesidad que nace con el avance de la era digital: la publicidad se ha transformado y ha desplazado las ya conocidas imágenes estáticas hacia formatos dinámicos en pantallas digitales y dispositivos móviles, creando entonces la necesidad de que las marcas evolucionen y de alguna manera obligándolas a adaptarse a un entorno distinto al que tradicionalmente conocemos, por lo que la imagen estática ya no resultaría tan atractiva frente a la competencia.

Cole Palmer actualmente cuenta con colaboraciones con compañías de gran escala, como Nike y Burberry. El manejo estratégico de su imagen, iniciando con el registro adecuado de sus elementos distintivos, lo coloca por encima de múltiples jugadores con más experiencia en la cancha, como en el caso del jugador Mbappé, que, a pesar de contar con el registro figurativo, no posee la marca de movimiento, cuando lo icónico es el movimiento completo. Esto le permitirá a Cole versatilidad en la comercialización de su imagen, contando con una base legalmente sólida mientras incursiona su imagen en el mundo digital.

Con la marca en movimiento, estamos siendo testigos en tiempo real de uno de los aportes más importantes del Derecho de la Propiedad Intelectual a la industria del deporte, un espacio aprovechable que podemos y debemos extender para trabajar, siguiendo el precedente de Palmer, con los atletas de nuestro entorno.

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Marcasur Magazine - Edición Nº 96
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