Entran en vigor cambios en la legislación de diseños de la UE
A partir del 1 de mayo, entraron en vigor enmiendas clave al Reglamento sobre el Diseño de la Unión Europea (EUDR, por sus siglas en inglés), marcando el inicio de una reforma integral del régimen de protección de diseños en la Unión Europea.

La reforma introduce una tasa única de solicitud, que sustituye a las anteriores tasas separadas de registro y publicación.
Estas modificaciones concluyen la Fase I del proceso de reforma, que constituye el primer paso de una implementación gradual. La Fase II, que incluirá normativa secundaria, se prevé para el 1 de julio de 2026, con nuevos ajustes al sistema.
Nuevas denominaciones y cambios estructurales
Uno de los cambios centrales de esta primera fase es la actualización de la terminología jurídica. El actual Reglamento sobre el Diseño Comunitario (CDR) pasará a denominarse oficialmente Reglamento sobre el Diseño de la Unión Europea (EUDR). En consecuencia, los Diseños Comunitarios registrados (CD) serán rebautizados como Diseños de la Unión Europea (EUD).
Estructura tarifaria simplificada y actualización de tasas
La reforma introduce una tasa única de solicitud, que sustituye a las anteriores tasas separadas de registro y publicación. En solicitudes múltiples, se aplicará una tarifa fija de 125 euros por cada diseño adicional, simplificando el cálculo de costes.
Asimismo, a partir del 1 de mayo, se incrementarán las tasas de renovación. La fecha de recepción de la solicitud de renovación por parte de la EUIPO será determinante para aplicar las tarifas vigentes o las nuevas. Las solicitudes recibidas antes de esa fecha se beneficiarán de las tarifas actuales; las recibidas a partir de dicha fecha estarán sujetas al nuevo cuadro tarifario.
Actualización de definiciones
La reforma introduce definiciones modernizadas y ampliadas. En particular, la definición legal de “diseño” se amplía para abarcar elementos como animaciones, movimientos y transiciones, asegurando la protección jurídica de diseños animados en la normativa de la UE.
De igual modo, se reformula la definición de “producto” para incluir expresamente elementos no físicos, como creaciones digitales. La definición mantiene un alcance amplio para productos industriales y artesanales, e incorpora expresamente obras gráficas, logotipos, interfaces de usuario y otras formas intangibles.
Cambios en la presentación y tramitación de solicitudes
La tramitación se verá simplificada mediante la obligatoriedad de la presentación centralizada ante la EUIPO, eliminándose la posibilidad de presentación a través de oficinas nacionales. Además, se introduce una tasa para la asignación de la fecha de presentación.
Se elimina también el requisito de unidad de clase para las solicitudes múltiples, permitiendo al solicitante combinar productos de distintas clases en una única solicitud, con acceso a descuentos por presentación múltiple.
Nuevos derechos exclusivos y limitaciones
Los derechos exclusivos conferidos por un diseño registrado se amplían para incluir la impresión 3D, de modo que actividades como la creación, reproducción o distribución de diseños mediante tecnologías de impresión tridimensional constituirán actos infractores.
Por otro lado, se incorporan dos nuevas limitaciones al alcance de los derechos exclusivos:
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Se permite el uso de diseños con fines de identificación o referencia de productos, lo cual favorece la interoperabilidad.
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Se reconoce expresamente la libertad de expresión, habilitando actos de comentario, crítica o parodia sobre diseños registrados.
Nuevo símbolo de protección
Los titulares de Diseños de la Unión Europea podrán optar por marcar sus productos con un nuevo símbolo de aviso de protección, denominado “aviso de diseño”. Este consistirá en una letra D dentro de un círculo, lo que servirá como indicación visible de que el diseño está protegido, con un potencial efecto disuasorio frente a infracciones y un refuerzo del valor comercial del diseño.
Cláusula de reparación
La reforma incorpora una excepción a la protección, por la cual las piezas de repuesto destinadas a restaurar la apariencia original de un producto complejo no estarán protegidas por derechos de diseño, siempre que se utilicen exclusivamente con fines de reparación.
Facilitación de los cambios de titularidad
Los titulares legítimos de derechos sobre un diseño registrado podrán solicitar directamente el cambio de titularidad ante la EUIPO, sin necesidad de iniciar previamente un procedimiento de nulidad.
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