Marcas
LIV Golf enfrenta demanda por presunta infracción marcaria
La empresa Long Island Spirits, productora de vodka, alega el uso indebido del signo LIV en productos vinculados al rubro de bebidas alcohólicas.
LIV Golf se creó en 2021.
La liga de golf profesional LIV Golf, impulsada por el fondo soberano de Arabia Saudita, enfrenta una demanda en materia de propiedad intelectual en Estados Unidos. La empresa Long Island Spirits presentó una demanda por infracción de marca registrada, alegando el uso indebido del signo LIV en productos vinculados al rubro de bebidas alcohólicas.
¿Qué es LIV Golf?
LIV Golf es una liga profesional fundada en 2021 como alternativa al circuito tradicional del PGA Tour. Con una fuerte inversión del Public Investment Fund (PIF) de Arabia Saudita, la competencia ha buscado posicionarse globalmente mediante un formato innovador, contratos millonarios para jugadores y una estrategia comercial agresiva que incluye merchandising y acuerdos de patrocinio.
En ese proceso de expansión de marca, la liga ha incursionado en productos y experiencias vinculadas al entretenimiento, incluyendo bebidas y hospitalidad en eventos.
La marca en disputa
La demandante, Long Island Spirits, es una destilería con sede en Nueva York que comercializa, entre otros productos, el vodka LIV, una marca que —según la presentación judicial— se encuentra registrada en Estados Unidos desde 2007 para bebidas alcohólicas.
De acuerdo con la empresa, ha desarrollado durante casi dos décadas una identidad comercial asociada a ese signo en el mercado de spirits, lo que le otorga derechos exclusivos dentro de esa categoría.
Detalles de la demanda
La acción fue presentada el 20 de marzo ante el United States District Court for the Eastern District of New York. En su escrito, la destilería sostiene que LIV Golf ha utilizado el término LIV en relación con bebidas alcohólicas —incluyendo cócteles promocionales— así como en indumentaria, lo que podría generar confusión en los consumidores respecto del origen empresarial de los productos.
La demanda alega, en particular:
-Infracción de marca registrada.
-Competencia desleal.
-Dilución de marca.
Asimismo, la actora afirma que el uso por parte de la liga no sería casual, sino deliberado, en tanto busca capitalizar el posicionamiento previo de la marca en el sector de bebidas.
Entre las medidas solicitadas, Long Island Spirits requiere:
-Una orden judicial que prohíba a LIV Golf el uso del signo LIV en conexión con bebidas alcohólicas y productos relacionados.
-El pago de daños compensatorios y, eventualmente, punitivos.
-El reconocimiento formal de la infracción marcaria.