Marcas
Marca País: Argentina reglamenta su licencia de uso
El 14 de julio de 2021, mediante el Decreto N° 460/2021, el gobierno argentino estableció la nueva marca “ARGENTINA” como Marca Oficial de la República Argentina.
Por Berton Moreno IP Law
El 14 de julio de 2021, mediante el Decreto N° 460/2021 (en adelante, “el Decreto”), el gobierno argentino estableció la nueva marca “ARGENTINA” como Marca Oficial de la República Argentina.
De acuerdo al sitio web oficial, la nueva Marca País “ARGENTINA” (en adelante, “la Marca País”) busca robustecer e incrementar la competitividad nacional y que, a su vez, ello se traduzca en una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y el afianzamiento de su identidad. Asimismo, se indica que la Marca País procura atraer la inversión extranjera directa y generar exportaciones a través de su posicionamiento mediante productos y servicios, el talento argentino, la cultura y el deporte, y la promoción de destinos turísticos en todo el país. En este sentido, constituye una herramienta para el crecimiento y el desarrollo de la Argentina.
A través del reciente Decreto, se entendió necesario que la aplicación de la Marca País se rija conforme el “Manual de uso de marca país Argentina” y el “Reglamento de la marca país Argentina”, a ser aprobado por el Ministerio de Turismo y Deportes (en adelante, “MTyD”).
Asimismo, el Decreto estableció la creación de un comité interministerial para desarrollar e implementar la “Estrategia marca país Argentina”, con el fin desarrollar acciones de promoción internacional en materia de turismo, cultura, deportes, comercio y atracción de inversiones.
El MTyD fue designado para presidir el citado Comité. A su vez, el MTyD será el encargado de dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de la Marca País.
Es así que el 4 de noviembre pasado, mediante la Resolución 60/2021 del MTyD, se ha aprobado el Reglamento de la Marca País Argentina (en adelante, “el Reglamento”), junto a su manual de uso y certificados.
El Reglamento establece que la Licencia de Uso de la Marca País puede ser otorgada, tanto a personas públicas como privadas –nacionales y extranjeras-, para su utilización en el ámbito nacional o internacional y estará destinada a la promoción del turismo, la cultura, el deporte, las exportaciones, las inversiones y la imagen del país. La misma puede ser otorgada por un plazo que no podrá exceder los dos años y podrá ser renovada dentro de los treinta días previos a su vencimiento, por igual plazo.
Es dable destacar que la licencia puede ser otorgada para un uso institucional, en productos y servicios, en eventos y representantes (Embajadores, personalidades extranjeras que difundan la cultura y los valores argentinos en el mundo y argentinos en el mundo). En lo que respecta a los productos y servicios, es necesario que el cien por ciento (100%) del portafolio sea de origen argentino.
El Reglamento dispone que, en el marco de la solicitud de la licencia, se tendrá en consideración que el licenciatario sea exportador o potencial exportador; cuente con productos certificados en los más altos estándares de calidad de su sector; sea de capital mayoritariamente argentino (mayor al 51%); contrate recursos humanos nacionales; no posea antecedentes penales, concursos o quiebras, y detente una situación tributaria, fiscal y bancaria en regla; impulse programas vinculados a la sostenibilidad o el impacto social; y cuente con una política en miras a la equidad de género.
Por último, el Reglamento menciona que se priorizará a aquellas empresas innovadoras, vinculadas con problemáticas internacionales (medio ambiente, reciclado, alimentos, generación de fuentes alternativas de energía y creación de nuevos puestos de trabajos) o relacionadas a aspectos relevantes para la Marca País (tecnología, innovación, biotecnología, economía del conocimiento, cultura, turismo, salud y logística).
Además, se establecen demás características que contribuyen al otorgamiento de la licencia de uso: que la empresa forme parte del Índice “Great place to Work”; sean PYMES disruptivas pioneras e innovadoras, o emprendedores y Start Ups; sean referentes en su sector; sean ganadoras del “Premio Exportar”; posean en su portfolio certificados con el “Sello de Bueno Diseño”, “Sello Alimentos Argentinos” y/o “Sello Órganico Argentina”; o bien sean gestionadas por mujeres o que cuenten con mujeres en puestos jerárquicos.
Los Licenciatarios de la Marca País podrán participar en las actividades a ellos dirigidas, y que realicen o participen el MTyD de la Nación, la Agencia Argentina de Inversiones y Comercio Internacional, y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Los Licenciatarios deben utilizar la Marca País acorde a los fines y objetivos de promoción. Asimismo, tienen prohibido la alteración o modificación de la misma.
Por último, cabe señalar que el Reglamento prohíbe el uso de la Marca País para fines y/o actividades políticas, religiosas y contrarias a la promoción de la imagen del país o que generen posiciones polarizadas.