Obra de arte
Seriedad, poder, tradición e innovación. Todo en un solo logo nacido de la simpleza de un elemento natural...con dos colores reconocidos en cualquier lugar del mundo.
La Shell Transport and Trading Company, luego transformada en Royal Dutch Shell, era una compañía británica formada por los hermanos Samuel, dedicada a vender querosene a Asia.
Su nombre proviene de concha marina (shell en inglés) debido a que el padre de los Samuel había comenzado el negocio vendiendo ese producto. Sencillos, los hermanos decidieron que el logo de su compañia tuviera entonces la forma de una concha marina.
El primer logo, de 1900, era una concha de mejillón en blanco y negro. Poco clara y confusa, en 1904 se cambió por una conha de la vieira (venera), más tradicional y atractiva visualmente.
Desde entonces se ha mantenido la forma geómetrica de ese logo de 1904, agregándose en 1909 y 1930 cambios en los detalles y las terminaciones para darle forma más definida a la concha, hasta que en 1948 aparecieron los ya legendarios colores rojo y amarillo.
La elección fue por una razón lógica: en 1915 Shell instaló algunas de sus primeras gasolineras en California, Estados Unidos. Para distinguirse de la competencia y conectarse con las tradiciones históricas del estado, la compañía decidió utilizar los colores de España.
Ya con la concha de la vieira y el rojo y el amarillo, los logos fueron modificándose levemente, aunque siempre con la palabra Shell en él. Hasta que en 1971 el reconocido diseñador Raymond Loewy creó el actual, una marca figurativa sin la palabra Shell.
ÚLTIMAS Noticias
Perú aprueba el Tratado sobre Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados
Este tratado internacional constituye un paso importante en la intersección entre la propiedad intelectual y la biodiversidad, al promover un sistema de patentes más transparente, eficiente y sólido en la concesión de derechos.
Análisis de Dolby v. Roku: la primera medida cautelar europea basada en una SEP del estándar HEVC
El Tribunal Regional de Múnich I concedió la primera medida cautelar en Alemania, y también en Europa, fundada en una patente esencial (SEP) del estándar HEVC. La decisión, dictada en el caso Dolby v. Roku, demuestra que la tutela cautelar resulta viable cuando la infracción es clara, la validez de la patente está suficientemente consolidada, y la defensa FRAND carece manifiestamente de mérito.




