Perú continúa su reactivación económica
Se aprobó la “Reanudación de Actividades”, que establece un plan de reactivación económica de cuatro fases, las cuales están en constante evaluación.
Por Giovana Palacios – BARLAW – Barrera & Asociados
El 23 de mayo se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM que establece las medidas que debe observar la ciudadanía hacia una nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
A través de este Decreto Supremo, se dispone la extensión del aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como el cierre de fronteras hasta el martes 30 de junio, no obstante, se continúa la implementación del plan de reactivación económica.
Cabe mencionar que mediante el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM se aprobó la “Reanudación de Actividades”, que establece un plan de reactivación económica de cuatro fases, las cuales están en constante evaluación por la Autoridad Nacional de Salud. La fase 1 inició en el mes de mayo y se encuentra en desarrollo.
La fase 2 inicia esta semana en curso e implica la reanudación de las siguientes actividades, bajo el cumplimiento de las normas y protocolos sanitarios que correspondan:
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Servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina.
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Servicios de apoyo al diagnóstico, odontología, oftalmología, rehabilitación, reproducción humana, y servicios veterinarios.
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Servicios de aplicativos móviles para servicios de entrega a domicilio (delivery) prestados por terceros.
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Servicio a domicilio de técnicos y profesionales independientes en los sectores de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías, servicios de limpieza o asistencia del hogar.
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Actividades deportivas federadas, sin público espectador.
La reanudación de estas actividades se verá acompañada del reinicio de actividades de las entidades del Sector Público hasta un cuarenta por ciento (40%) de su capacidad, lo que implicara atención oportuna en diversos en trámites.
Por su parte, los bancos, las entidades financieras en general, los mercados, los supermercados y los centros de venta minorista continuaran brindando atención al público permitiendo un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%).
Ahora bien, en relación a los nidos, colegios, institutos y universidades, se ha establecido que a lo largo del 2020, el servicio se realizara no presencial o remoto, respetando los estándares de calidad en pro de los estudiantes y docentes.
De esta manera, las nuevas regulaciones mantienen las medidas de aislamiento social obligatorio, pero también dejan en claro la reactivación paulatina del mercado peruano, que continua reanudando más actividades económicas, sin dejar de lado la responsabilidad sanitaria que ello implica a consecuencia del COVID-19.




