Varios
Perú: nuevo director de protección de datos personales, una designación oportuna para el sistema
Aunque podría parecer una designación administrativa más, no lo es, pues esta dirección concentra buena parte de las funciones de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales que tienen contacto directo con empresas y titulares.
Lo relevante será observar los criterios que se emitan en los próximos meses.
Carlos Farfán, BARLAW – Barrera & Asociados
Mediante la Resolución Ministerial N° 353-2026-JUS, de fecha 15 de setiembre de 2026 y publicada en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) designó al abogado Gustavo Manuel Rodríguez García como Director de Protección de Datos Personales de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, puesto de confianza que hasta entonces se encontraba vacante.
Aunque podría parecer una designación administrativa más, no lo es, pues esta dirección concentra buena parte de las funciones de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales que tienen contacto directo con empresas y titulares, como la administración del Registro Nacional de Bancos de Datos Personales, la emisión de criterios interpretativos y la atención de las solicitudes de tutela de derechos. Y llega en un momento decisivo: el Reglamento publicado a finales de 2024 viene exigiendo, con plazos escalonados, obligaciones como la designación del oficial de datos personales o la notificación de incidentes de seguridad, mientras que las recientes directivas sobre el oficial de datos personales y sobre la metodología de cálculo de multas recién comienzan a aplicarse. Contar con un titular contribuirá a dar la coherencia que las empresas necesitan para cumplir con predictibilidad y en los cánones adecuados, sin sobrecumplir por precaución ni incumplir por desconocimiento.
En cuanto al perfil del nuevo director, se trata de un abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, magíster por la Universidad Austral de Argentina y Summer Scholar del Coase-Sandor Institute for Law and Economics de la Universidad de Chicago, con una trayectoria principalmente académica vinculada al análisis económico del Derecho. Ha sido docente en la Maestría en Derecho de la Competencia y la Propiedad Intelectual de la PUCP y en la Universidad de Lima, presidió una de las comisiones de ética del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (CONAR) y es autor de publicaciones académicas de referencia, en los que analiza el sistema peruano de protección al consumidor.
En resumen, es un perfil que puede aportar en algunos frentes, por ejemplo, en el caso de la nueva metodología de multas descansa en conceptos propios del análisis económico del Derecho, como el beneficio ilícito y la probabilidad de detección, y su experiencia en protección al consumidor y publicidad guarda relación con escenarios donde hoy se tratan datos personales a gran escala, como el marketing digital y el perfilamiento de usuarios. Sin embargo, su trayectoria proviene principalmente del Derecho del consumidor y de la academia, y no tanto de la protección de datos personales en sentido estricto ni de la gestión pública, por lo que habrá que ver cómo se traduce ese bagaje en la conducción de una dirección con una carga operativa y técnica considerable, que incluye temas como seguridad de la información, transferencias internacionales e incidentes de seguridad.
Como vemos, más allá del nombre, lo relevante será observar los criterios que emita esta dirección en los próximos meses, pues marcarán cómo se interpretarán las nuevas obligaciones. Mientras tanto, lo recomendable para las empresas es continuar con sus procesos de adecuación, ya que una dirección con titular será, previsiblemente, una dirección más activa.