Patentes
Primer Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes en Guatemala (APG)
La implementación de este procedimiento permitirá acortar los plazos de concesión de patentes en Guatemala, fortaleciendo el sistema de Propiedad Industrial y generando un impacto positivo en los indicadores de innovación y competitividad nacional.
El objetivo es acelerar el proceso de tramitación de solicitudes de patentes en Guatemala.
Por Ivón Hernández y Marlene Godoy, Socia y Paralegal en Arias
El Registro de la Propiedad Intelectual de Guatemala (RPI) anunció que, a partir de noviembre 2025, implementará un procedimiento de examen acelerado de patentes en el marco de un Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes (APG). Dicho acuerdo fue suscrito con la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO), por la cual los solicitantes podrán optimizar el trámite de sus expedientes nacionales.
El objetivo es acelerar el proceso de tramitación de solicitudes de patentes en Guatemala mediante el uso de los resultados de examen emitidos por oficinas extranjeras, una medida que ha mostrado resultados positivos en diversas jurisdicciones.
El procedimiento podrá aplicarse presentando una solicitud por escrito ante el RPI, que cumpla con alguno de los siguientes criterios:
-Solicitud de patente presentada ante el RPI en la que se acredite el derecho de prioridad conforme el Convenio de París, con base en una solicitud de patente presentada ante la USPTO.
-Que la solicitud de patente presentada ante el RPI haya sido utilizada como base para acreditar el derecho de prioridad de una solicitud de patente presentada ante la USPTO, conforme al Convenio de París, incluyendo las solicitudes del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) y posteriormente ingresada a la fase nacional en los Estado Unidos.
-Que tanto la solicitud presentada ante el RPI como la presentada en la USPTO provenga de una misma solicitud inicial utilizada para acreditar el derecho de prioridad conforme al Convenio de París. También se incluyen aquí las solicitudes PCT que hayan entrado en la fase nacional tanto en Guatemala como en los Estados Unidos.
La solicitud para acogerse al procedimiento de examen acelerado solo podrá aceptarse si la solicitud de patente presentada ante el RPI corresponde a una solicitud de patente presentada ante la USPTO y cumple con los siguientes criterios:
-Debe existir una solicitud de patente presentada ante la USPTO que tenga la misma fecha de prioridad o una fecha más temprana que la solicitud de patente presentada ante el RPI para la cual se solicita el examen acelerado;
-La solicitud de patente correspondiente haya superado el examen, o bien, haya sido concedida por la USPTO; y
-Las reivindicaciones presentadas ante el RPI sean las mismas que fueron concedidas ante la USPTO, y que hayan sido determinadas como patentables por dicha oficina, siempre y cuando el contenido de las mismas no contravenga con lo estipulado en los artículos 91, 92 y 93 del Decreto 57-2000, Ley de Propiedad Industrial.
Para la aplicación de APG se deberá pagar la tasa legal por la modificación de la solicitud local al presentar un nuevo juego de reivindicaciones.
La implementación de este procedimiento permitirá acortar los plazos de concesión de patentes en Guatemala, fortaleciendo el sistema de Propiedad Industrial y generando un impacto positivo en los indicadores de innovación y competitividad nacional.
Estamos a su disposición para ampliar cualquier información o apoyarles si desean solicitar la aplicación del Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes (APG) en sus solicitudes.
ivon.hernandez@ariaslaw.com
marlene.godoy@ariaslaw.com