Marcas
Sustancias tóxicas
El 11 de febrero se creó un órgano cuyo objeto es la coordinación de las políticas relacionadas con comercialización, uso y consumo de sustancias tóxicas.
La Ley 274, “Ley Básica para la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Toxicas, Peligrosas y otras similares”, establecía un trámite de registro de sustancias tóxicas muy complejo.
Primeramente se presentaban tres dosieres, una copia en el Ministerio de Salud (Minsa) quien emitía un dictamen técnico toxicológico; una copia dirigida al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (Marena) quien emitía un dictamen técnico ecotoxicológico y el último dirigido al Ministerio Agropecuario y Forestal (Magfor) quien entregaba el certificado, una vez aprobado por los Ministerios antes indicados.
El 11 de febrero pasado se publicó el Decreto Ejecutivo Número 04-2014, el cual da origen a la “Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas” como un órgano de carácter interinstitucional, adscrito a la Presidencia de la República, cuyo objeto es la coordinación de las políticas, acciones y actividades relacionadas con la importación, exportación, producción, comercialización, distribución, uso y consumo de todo lo relacionado con sustancias tóxicas.
Una de las principales acciones realizadas por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas fue la creación de una ventanilla única, para la recepción del dosier técnico de estos tipos de productos.
Esta oficina permite la concentración de los procedimientos para la autorización de este tipo de producto ya que dicha oficina es la encargada de recibir, emitir los dictámenes y entregar el certificado de registro, por lo cual este trámite será organizado y menos burocrático.
Actualmente para la autorización de esta clase de productos se requiere de la presentación del dosier original y dos copias digitales (en CD), manteniendo el arancel respectivo.