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La denonimación de origen Pisco: acciones del estado peruano para su defensa en el caso Margaret River Winemakers Pty Ltd.

Perú está dando que hablar por su reciente exitosa defensa de la denominación de origen Pisco ante el gobierno australiano, como consecuencia de la solicitud de registro de dicha denominación en el año 2016.

Por Lucía González

Nuestro país nuevamente está dando mucho de qué hablar a nivel internacional, no sólo por la riqueza de su patrimonio cultural, sino por la importancia que ha adquirido la Propiedad Industrial para la defensa del mismo. Nos referimos a la reciente exitosa defensa de la denominación de origen Pisco ante el gobierno australiano, como consecuencia de la solicitud de registro de dicha denominación en el mes de noviembre del año 2016 por parte de la empresa Margaret River Winemakers Pty Ltd. Ante ello, el Estado Peruano actúo inmediatamente con el procedimiento legal de oposición, alegando la afectación a los derechos de nuestro país como exclusivo titular de la denominación de origen Pisco, el engaño al consumidor, y actos de competencia desleal. Finalmente, se logró el desistimiento de dicha solicitud, constituyendo por lo tanto un gran logro de la defensa de nuestro patrimonio cultural a través de la Propiedad Industrial a nivel internacional.

La denominación Pisco fue declarada como Denominación de Origen mediante Resolución Directoral No. 072087-DIPI del 12 de diciembre de 1990, reconocida para los productos obtenidos por la destilación de caldos, resultantes de la fermentación exclusiva de la uva madura de acuerdo a la Norma Técnica Nacional Obligatoria ITINTEC No. 211.001, elaborados en la costa de los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y los valles de Locumba y Caplina del departamento de Tacna.

Asimismo, mediante la Resolución N° 13880-2017/DSD, INDECOPI le otorgó el carácter de notoriedad en grado de renombre, como consecuencia del relevante nivel de conocimiento, calidad y conocimiento, lográndose con ello reforzar su protección a los países de la Comunidad Andina.

Las denominaciones de origen conforme a lo señalado en la Decisión 486, se trata de una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, que se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos. El Decreto Legislativo 1075, precisa que el Estado, mediante la celebración de convenios bilaterales o multilaterales, fomentará el reconocimiento en el extranjero de las denominaciones peruanas.

En la actualidad diez productos son reconocidos y protegidos por el INDECOPI como Denominaciones de Origen, entre los cuales tenemos además del Pisco, Maíz Blanco Gigante Cusco, Cerámica de Chulucanas, Pallar de Ica, Café Villa Rica, Café Machu Picchu-Huadquiña, Zapallo loche, Maca Junín-Pasco, Aceituna de Tacna, Cacao Amazonas Perú.

Es importante resaltar que, la protección internacional de la denominación de origen Pisco ha sido constante, viéndose reflejada mediante la solicitud del registro y obtención del Certificado de Denominación de Origen ante la OMPI; así como el éxito de su defensa en relevantes noticias como estas.

Por ello, podemos reconocer el constante esfuerzo y ardua labora en conjunto de la Autoridades como la Embajada del Perú en Australia, el INDECOPI, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, reflejándose la importancia de la protección del Patrimonio Cultural del Perú a través de la Propiedad Industrial. Estamos totalmente seguros que nuestro país seguirá dando mucho de qué hablar, no solo por su biodiversidad, vasta y hermosa riqueza cultural, sino por la importancia y relevancia que ha adquirido la protección de la Propiedad Industrial, como una importante herramienta para la protección efectiva de nuestro patrimonio, logrando con ello que nuestro país y su riqueza sea conocida y protegida a nivel nacional e internacional.

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