Varios
La negociación como salida a los litigios de PI
Autor: Maria F. Castellanos
Quienes estudiamos derecho aprendimos que la vía ideal para resolver conflictos legales es el litigio, es decir, acudir a las instancias judiciales.
De manera que los abogados, al asesorar a nuestros clientes, por formación, tendemos a plantarnos en la posición que favorece al cliente, asumiendo esa posición como única y verdadera, con lo que cualquier interacción con la contraparte busca, básicamente, convencerla de nuestros argumentos, imponiendo nuestra posición, de manera que la otra parte renuncie a su propio parecer, en términos muy similares a una derrota.
Las controversias de propiedad intelectual no son la excepción. Cuándo defendemos a uno de nuestros clientes, titular de una marca registrada, por ejemplo, el acercamiento que normalmente asumimos frente a otra parte, es el de la controversia, la amenaza y el juicio por infracción, como la vía más apropiada para lograr la protección de los derechos.
Sin embargo, hemos encontrado que, por regla general, a los clientes no les interesa someterse a la incertidumbre, los altos costos y los impredecibles términos del sistema judicial. El interés del cliente, normalmente, es lograr una situación que resguarde su patrimonio y le permita seguir adelante desarrollando sus negocios sin perturbación.
Bajo esta premisa, en el último año, logramos por lo menos cerrar 6 casos de conflictos que involucraban temas de propiedad intelectual, mediante acercamientos y acuerdos entre las partes, que pusieron fin a las controversias. Si bien en algunas ocasiones acudimos a la instancia judicial, como estrategia, teníamos la intención firme de buscar una negociación con la otra parte, que atendiera las necesidades de nuestro representado. Esto sin perjuicio de que, de no lograrse un acuerdo, estuviéramos dispuestos a llegar hasta el final del proceso judicial.
Para nosotros, el ingrediente inicial para haber obtenido un alto porcentaje de éxito en acuerdos para poner fin a conflictos de Propiedad Intelectual, está en dejar de lado el acercamiento tradicional de “yo tengo la razón”. Una vez logrado lo anterior, como preparación de la negociación, realizamos un ejercicio en el que, junto con el cliente, buscamos establecer, como primera medida, cuál es su preocupación principal, la forma como las conductas de la contraparte afectan su negocio, y anticipando, de igual forma, las preocupaciones e intereses de la otra parte.
En este contexto, se buscan soluciones o posibles propuestas de arreglo que tengan en cuenta los intereses reales y comerciales de las dos partes, por encima de sus argumentos o posiciones y sin afán de “tener la razón”.
De esta manera, hemos logrado acuerdos que, entre otras cosas, involucran:
-El pago de una suma de dinero de una e las partes a la otra, como concesión por la terminación del litigio.
-El traspaso de una marca de una de las partes a la otra (con o sin contraprestación).
-El otorgamiento de una licencia de uso de una de las partes, a la otra.
-Compromisos de las partes de limitar los registros de marca, o de no usar su marca respecto de determinados bienes o servicios, o de utilizarla siempre de una manera determinada.
-El compromiso de una de las partes de mudar a una nueva marca dentro de un término.
Un ingrediente importante, es que no se recomienda que estos acuerdos implique que alguna de las partes acepte responsabilidad alguna, no solamente por que esto puede afectar la validez del acuerdo (por lo menos bajo ley Colombiana) y en segundo término, por que esta imposición dificulta el acercamiento con la contraparte.
En conclusión, hemos encontrado que el uso de medios alternativos de solución de conflictos de propiedad industrial, nos ha permitido solucionar satisfactoriamente para nuestros clientes, asuntos que de otra manera, todavía estarían arrumados en algún despacho judicial.