Marcas

Nuevas solicitudes para marcas animadas en Perú

Autor: Catherine Escobedo

Se tratan de las dos primeras después de la firma del Tratado de Singapur, ambas para distinguir servicios de “organización de viajes” de la clase 39.

El 7 de marzo de 2019, la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI recibió – vía online – dos solicitudes de registro de marcas animadas: ambas para distinguir servicios de “organización de viajes” de la clase 39, pero solicitadas por distintos titulares: Víctor Paul Ruíz Ganoza el 13 de marzo (Expediente No. 788481-2019) y Travel Vacations Groups S.A.C. el 14 de marzo (Expediente No. 788514-2019).

Cabe resaltar que las animaciones pueden ser vistas al acceder tanto a la Gaceta Electrónica de la Propiedad Industrial, como al sistema de información en línea de la Dirección, lo que prueba que el sistema ya soporta las animaciones GIF que han sido acompañadas a la solicitud virtual.

La Dirección aún no ha emitido una declaración pública oficial sobre si solicitará algún requisito de admisibilidad específico para el registro de este tipo de marcas, pero se nos informó (de manera extra-oficial) lo siguiente:

-No habrán cambios en los formatos oficiales de solicitudes de registro. Los solicitantes de marcas animadas deben marcar el "otro" cuadro en la lista proporcionada en el formato.

-Las marcas animadas se incluirán en los resultados de búsquedas de antecedentes con una imagen representativa y la indicación de su condición de marcas animadas.

-El sistema en línea señalará en su descripción que se trata de una marca animada.

-No se solicitará una descripción ni la presentación de una secuencia de dibujos para mostrar el movimiento de la marca. El requisito oficial será la presentación de un archivo GIF que incluya la marca en movimiento.

Sin embargo, es importante mencionar que estas no son las primeras marcas animadas que se solicitan en el Perú.

La primera marca animada denominada “SIEMPRE”, en la clase 25 (prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería), se solicitó el 28 de junio de 2018 (Expediente No. 755984-2018) y se registró el 14 de septiembre de 2018 (No. de registro P00269591), es decir, antes de la entrada en vigor del Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas (STLT por sus siglas en inglés).

Sin embargo, de una visita al sistema en línea de la Dirección, verificamos que la imagen registrada no muestra ninguna animación (incluso cuando se supone que es un archivo GIF). También buscamos la publicación y verificamos que tampoco se mostró la animación en aquella oportunidad. Lo que se muestra es la indicación de su condición de marca animada y una descripción detallada de cómo se "mueve" el logotipo.

“La marca de movimiento que consiste en una secuencia animada, en la cual, la figura de un corazón de borde color rojo, que se encuentra en el centro de la imagen, cambia a un símbolo de infinito de borde color rojo; asimismo, en la denominación "SIEMPRE" que se encuentra en la parte inferior del signo solicitado, en el punto que corresponde a la letra "I", cambia la figura de un corazón de borde color blanco sobre fondo rojo, al símbolo de infinito de borde color blanco sobre fondo rojo. La secuencia animada completa tiene una duración de entre uno y tres segundos”, afirma la descripción.

Aparentemente, no es así como se verán las nuevas solicitudes / registros de marcas animadas en el futuro.

Esperamos ver las novedades que traerá la implementación del tratado de Singapur en el Perú.

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