Sin Black Label
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló en contra del registro de una marca figurativa solicitada por una empresa catalana de perfumes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) falló en contra del registro en la Unión Europea de la marca figurativa Black Label by Equivalenza, solicitada por la empresa catalana de perfumes Equivalenza Manufactory. La sentencia sostiene que los términos “black” y “by Equivalenza” no son suficientes para distinguir en el mercado las marcas en conflicto.
En primera instancia la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) había denegado la marca ante la oposición presentada en 2016 por el retailer francés ITM Entreprises, propietario de la marca Labell. Tras la apelación de Equivalenza Manufactory, el Tribunal General de la UE anuló en 2018 la decisión de la EUIPO al entender que los elementos denominativos y figurativos de los signos de cada una de las compañías presentaban una diferencia a nivel conceptual y numerosas e importantes diferencias gráficas que no podían escapar a la atención del consumidor.
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