Inteligencia Artificial no puede ser considerada como inventor en una solicitud de patente
La Procuradoría Federal Especializada del Instituto Nacional de Propiedad Industrial formalizó su posición respecto a una solicitud internacional realizada vía PCT por Stephen Thaler.
La Procuradoría Federal Especializada del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) de Brasil afirmó que no es posible designar a la inteligencia artificial como inventor en una solicitud de patente presentada en Brasil, con base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº9.279 de 1996 y en las disposiciones del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
El artículo 6 de la Ley Nº9.279 de 1996 (Ley de la Propiedad Industrial) establece que al autor de un invención o modelo de utilidad le será asegurado el derecho de obtener la patente que le garantice la propiedad y que esa patente podrá ser solicitada en nombre propio, por los herederos o sucesores del autor, por el cesionario o por aquel a quien la ley o el contrato de trabajo o de prestación de servicios determine que pertenezca la titularidad.
La patente en cuestión fue presentada en diversos países a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) y se encuentra ahora en la fase nacional de Brasil. Se trata de la solicitud internacional PCT/IB2019/057809 y refiere a un container de alimentos. Fue solicitada por el inventor Stephen Thaler, quien designó como inventor de la patente a DABUS, un sistema de inteligencia artificial creado por él mismo.
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