Miércoles, 1 de Oct, 2025
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Principales elementos del Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes con USPTO

Esta cooperación brindará la oportunidad de agilizar el proceso para obtener en la República Dominicana la homologación de patentes, basándose en una patente otorgada previamente en los Estados Unidos.

Principales elementos del Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes con USPTO

Por Ulises Cabrera

El 26 de abril de este año, la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) suscribió la Declaración Conjunta de Intención con la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de los Estados Unidos (USPTO) sobre cooperación para agilizar la concesión de patentes relacionadas con la República Dominicana.

De esta declaración surge el Acuerdo de Concesión Acelerada de Patentes (APG por sus siglas en inglés), cuyo propósito principal es agilizar la protección efectiva de las invenciones provenientes de dicha jurisdicción.

Según este Acuerdo, después de obtener la concesión de una patente por parte de la USPTO, los solicitantes podrán solicitar a la ONAPI una concesión acelerada de patente para aquellas solicitudes de patentes que se encuentren ante la ONAPI, cumpliendo con los siguientes requisitos:

-La solicitud de patente ante la USPTO debe tener una fecha de presentación anterior a la solicitud en la ONAPI que solicita la aceleración.

-La USPTO debe haber determinado que la solicitud de patente correspondiente es patentable.

-Las reivindicaciones en la solicitud USPTO deben ser idénticas o equivalentes a las presentadas en la ONAPI y deben cumplir además con la Ley núm. 20-00 de la República Dominicana.

Por su parte, para ser elegible para la concesión acelerada de la patente, la solicitud ante la ONAPI debe cumplir con al menos uno de los siguientes criterios:

-Reclamar prioridad según el Convenio de París basada en la solicitud de patente USPTO correspondiente.

-Reclamar una prioridad internacional reconocida bajo el Convenio de París, utilizando como base una solicitud PCT que ha avanzado a la fase nacional en un país, junto con la solicitud de patente presentada ante la USPTO.

-Basarse en la misma solicitud de patente para reclamar prioridad según el Convenio de París que la solicitud USPTO correspondiente, incluyendo una solicitud PCT en fase nacional.

Además, esta solicitud será gratuita siempre que se haya pagado la tasa correspondiente al examen de fondo de la solicitud en curso ante la ONAPI.

Aquí puede ver la Guía de Uso para el Acuerdo.

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