Marcas
INDECOPI elimina su propia barrera burocrática: cobrar por cambiar un apellido en el registro de marcas era ilegal.
Es necesario que las entidades públicas actúen dentro del marco de la ley y eviten imponer cargas económicas sin sustento normativo, especialmente cuando se trata de cumplir mandatos judiciales.
El caso se originó cuando una persona solicitó modificar su apellido en los registros de 34 marcas.
Por Dánica Barreto, asistente legal BARLAW – Barrera & Asociados
Mediante Resolución N° 0429-2025/CEB-INDECOPI, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) determinó que la exigencia de pagar tasas por actualizar el apellido paterno de un titular en el registro de marcas, impuesta por la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI, constituía una barrera burocrática ilegal al carecer de sustento normativo.
El caso se originó cuando José Manuel Alexander Dávila Reyna solicitó modificar su apellido en los registros de 34 marcas, tras una sentencia judicial firme que dispuso la corrección de su identidad registral. Sin embargo, la entidad le requirió el pago de S/ 313.25 por cada marca bajo el procedimiento “Modificación de registros”, lo que sumaba más de S/ 10,000 (USD 2,850 aprox).
Tras la denuncia presentada por el ciudadano, la Comisión concluyó que el cobro carecía de sustento legal en el TUPA del INDECOPI (documento que fija los trámites y tasas autorizados por ley) y vulneraba el principio de legalidad. La barrera burocrática identificada consistió en que la entidad trató como una “modificación de registro” lo que en realidad era una simple actualización del nombre del titular, efectuada en cumplimiento de una rectificación ordenada por el Poder Judicial.
En ese sentido, la Comisión declaró ilegal la exigencia de pago y ordenó su inaplicación al caso concreto, precisando que la medida cuestionada se encontraba contenida únicamente en una cédula de notificación, por lo que la decisión tiene efectos solo en ese caso particular.
Este caso nos llama a la reflexión sobre la necesidad de que las entidades públicas actúen dentro del marco de la ley y eviten imponer cargas económicas sin sustento normativo, especialmente cuando se trata de cumplir mandatos judiciales. Así también, reafirma la importancia de aplicar correctamente las normas y procedimientos administrativos para garantizar decisiones alineadas al principio de legalidad.