Marcas
La prohibición federal de productos de cáñamo intoxicantes profundiza la incertidumbre sobre el registro de marcas para el CBD
En este escenario, la protección marcaria federal se vuelve aún más limitada y las empresas deben replantearse sus estrategias legales.
Por Augusto Perera, Esq., abogado en Propiedad Intelectual, Negocios y Asuntos Legales, Augusto Perera, P.A.
El panorama regulatorio para los productos de cáñamo y CBD se ha vuelto más complejo tras la reciente promulgación de una ley federal que prohíbe ciertos cannabinoides derivados del cáñamo. Aunque la Ley Agrícola de 2018 (Farm Bill) despenalizó el cáñamo a nivel federal al retirarlo de la Ley de Sustancias Controladas (CSA), ese avance se ha visto restringido nuevamente, esta vez por una acción bipartidista del Congreso y su promulgación ejecutiva en 2024.
La nueva ley prohíbe los cannabinoides derivados del cáñamo que produzcan efectos psicoactivos —como el delta-8 THC y otros compuestos sintéticos o semisintéticos— incluso si provienen de cáñamo legal bajo la definición federal. Este cambio marca una postura federal más estricta y plantea nuevos desafíos para las empresas que buscan proteger sus marcas en un entorno legal cada vez más volátil.
La Guía de Examen 1-19 de la USPTO: un estándar que se está quedando atrás
Desde mayo de 2019, la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. (USPTO) ha seguido la Guía de Examen 1-19, emitida tras la aprobación de la Ley Agrícola de 2018. Esta guía reconoció que ciertos productos derivados del cáñamo (con un contenido de THC ≤ 0.3% en peso seco) podían considerarse legales según la CSA y, por tanto, elegibles para protección marcaria siempre que no violaran otras leyes federales, especialmente la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FDCA).
Bajo esta guía:
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Los productos deben derivarse del cáñamo, y el solicitante debe confirmarlo expresamente.
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Los productos ingeribles como suplementos, bebidas, golosinas para mascotas o alimentos con CBD seguirán siendo rechazados por el USPTO debido a la posición de la FDA, que prohíbe el uso de CBD en productos alimenticios sin aprobación previa.
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Cualquier producto que contenga un cannabinoide considerado ilegal o que se utilice de forma no autorizada bajo la FDCA será considerado como uso ilegal en comercio y, por tanto, inelegible para registro.
Con la nueva ley federal en vigor, los productos que contengan cannabinoides como delta-8, HHC, THCO y similares —que anteriormente se comercializaban como derivados legales del cáñamo— ahora están explícitamente prohibidos. Esto afectará directamente a las solicitudes de marcas que incluyan dichos productos, ya que ahora se consideran ilegales bajo la CSA y el FDCA.
Brecha creciente entre la actividad comercial y la protección marcaria
A medida que el mercado para productos derivados del cáñamo ha crecido, también lo ha hecho la intervención regulatoria. Esta brecha entre lo que se vende en el mercado y lo que se considera legal a nivel federal ha dejado a muchas empresas en una situación incierta:
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Se realizaron grandes inversiones en productos que se pensaban compatibles con la Ley Agrícola.
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Sin embargo, la protección marcaria federal sigue siendo inaccesible para muchos de esos bienes, especialmente los de consumo humano.
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La nueva legislación ahora penaliza productos que fueron esenciales para sostener la industria del cáñamo tras 2018.
Es probable que la USPTO actualice su guía de examen en respuesta a esta legislación reciente, lo que implicará una revisión más estricta de cualquier producto derivado del cáñamo que tenga potencial psicoactivo o que no esté regulado específicamente por la FDA.
Implicaciones para las marcas y el futuro del sector
Para las empresas del sector del cáñamo, el entorno legal actual exige mayor precaución y conocimiento:
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Aunque algunos productos tópicos (como cremas o cosméticos con CBD) han logrado registro federal, los productos ingeribles y ahora los intoxicantes están efectivamente fuera del alcance.
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La prohibición firmada en 2024 refuerza que cualquier intento de registrar marcas asociadas a cannabinoides intoxicantes será rechazado.
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Mientras no se actualicen las directrices de la USPTO, la Guía 1-19 sigue siendo el criterio oficial, pero su relevancia se está reduciendo ante los cambios legislativos.
Conclusión
La reciente prohibición federal de productos de cáñamo intoxicantes marca un punto de inflexión para la industria del CBD. Lo que alguna vez se consideró un camino claro hacia la legalidad bajo la Ley Agrícola de 2018 ahora está siendo desmantelado mediante restricciones adicionales. En este escenario, la protección marcaria federal se vuelve aún más limitada y las empresas deben replantearse sus estrategias legales.
Hasta que haya claridad definitiva por parte de la USPTO y otras agencias federales, la pregunta clave sigue siendo: ¿Es legal su producto bajo la ley federal vigente? Si no lo es, entonces no podrá obtener una marca registrada federalmente.